Sobre la nueva Ley de Montes
#STOPLeyMontesPP
- El Gobierno de la nación pretende modificar la Ley de Montes estatal. El Consejo de Ministros ya ha aprobado un texto que ha remitido al Congreso de los Diputados. Ahora únicamente queda el trámite parlamentario para que sea aprobado, modificado o rechazado. Recordamos que el gobierno está formado por el partido popular, que tiene mayoría absoluta.
- Recordamos a los compañeros que nuestros atributos jurídicos que permiten el desempeño de nuestra profesión están sustentados por una Ley Autonómica, la Ley 1/2002 de creación del Cuerpo de Agentes Forestales, por una Ley de Enjuiciamiento Criminal del año 1882, sí, del siglo XIX, y por lo referido en la Ley de Montes sobre esa Ley de Enjuiciamiento Criminal que ahora se pretende modificar.
- En la Exposición de motivos de la nueva Ley modificada se establece textualmente: “En ejecución de una medida CORA (Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas) se modifica el régimen de los Agentes Forestales y las potestades administrativas de extensión, policía y guardería forestal.”
- Los cambios producidos son los siguientes:
- Elimina la palabra funcionario de la definición de Agente Forestal.
- Nos define como auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Al proceder a practicar cualquier investigación, examen o prueba, se le añade la coletilla “en funciones de policía administrativa” para diferenciarla de policía judicial.
- Nos permite únicamente primeras diligencias de prevención. Textualmente dice: “Se limitarán a efectuar…”, cercenando con claridad nuestras funciones actuales. Y remite además a la normativa reguladora de policía judicial para definir esas actuaciones.
- Se modifica el actual “actuarán de forma coordinada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad” por el “actuarán con carácter auxiliar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.
- Se ha legislado en nuestra contra y no es la primera vez. Un colectivo como el nuestro, susceptible de desarrollarse y conformarse con él una estructura de seguridad medioambiental estatal lógica, observa como se le relega y no utiliza.
- Tras la salida el verano pasado de la nueva Ley de Seguridad Privada, los Guardas que prestan este tipo de servicio tienen abierta ya la puerta a ser Agentes de la Autoridad y se les permite su actuación en delitos como auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- El texto inicial de la modificación de la Ley de Montes que emana del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente no recogía ningún cambio sustancial respecto a nosotros. Es posteriormente, y en la rueda de Ministerios donde aparecen los cambios que rebajan nuestra profesión.
- No hay que ser muy listos para saber de donde viene la agresión. Basta con observar el pasado reciente.
- La identificación, por parte del gerente del 112 de la Comunidad de Madrid, de la Guardia Civil como organismo que ha impedido la presencia de los Agentes Forestales durante años en el organigrama de emergencias. Lo dijo en la Asamblea de Madrid. Hoy, seguimos sin participar en los cauces operativos de delitos e infracciones medioambientales.
- La continúa disputa por la utilización de luminosos de prioridad policiales en los vehículos, con escritos extravagantes en lo jurídico por parte de responsables del Cuerpo de la Guardia Civil, en Castilla-La Mancha, que rezumaban corporativismo frente a eficacia.
- La penosa y presunta actitud del referido Cuerpo ante los últimos y sucesivos intentos de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La práctica más recogida en las reuniones con diversos partidos políticos, aquellos que han tenido la responsabilidad de gobernar, ha sido siempre la misma y ha propuesto a la Guardia Civil como aquella organización que ha entendido que nuestra función es auxiliarles, nunca permitir nuestro desarrollo.
- Es curioso observar también un añadido en el artículo 58.1.a). Dónde se establecían los deberes, en general, de las Administraciones públicas en el desempeño de funciones de extensión, policía y guardería forestal, se ha añadido una frase final que adorna a los incendios forestales y al cumplimiento de la normativa, que dice: “emitiendo los informes técnicos pertinentes”. Esta frase tampoco estaba en el documento inicial que sale del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente y por eso resulta más curiosa aún. Tal vez algún conocido busque terreno donde expresarse y le resulte más fácil encontrar la posibilidad de lograrlo en Ministerios lejanos a sus competencias. Quién sabe.