El Cuerpo de Agentes Medioambientales velará por un desarrollo de la actividad cinegética seguro y conforme a normativa.

El número de accidentes es mayor en las modalidades de caza colectiva.

TOLEDO, 15 DE OCTUBRE DE 2019. El Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha velará por un desarrollo seguro y conforme a la normativa de la actividad cinegética, llevando a cabo servicios de vigilancia y comprobando la documentación, tanto de los cazadores como de las rehalas que participen en monterías, ganchos o batidas a lo largo de todo el período hábil de caza.

 

La veda, que se abrió el pasado 8 de octubre, se extenderá hasta el 31 de enero para las aves migratorias acuáticas y no acuáticas (exceptuando la tórtola común), hasta el 8 de febrero para los mamíferos de caza menor y aves no migratorias y hasta el 21 de febrero para las especies de caza mayor. (Orden de vedas aquí) (Modificación aquí -fecha media veda zorro y urraca-)

 

Desde APAM-CLM queremos recordar la importancia de comprobar que se está en posesión de toda la documentación con la que deben contar los cazadores antes de salir al campo (licencia autonómica de caza, permiso del acotado donde se desarrolle la actividad, permiso de armas en caso de cazar con armas de fuego con la guía de pertenencia de esta, seguro de responsabilidad civil y documento válido de identificación para acreditar la personalidad (DNI, pasaporte o permiso de conducción).

 

Recordamos que es en las modalidades colectivas de caza como son monterías, ganchos, batidas y ojeos, donde anualmente se producen más accidentes, por lo que es esencial –además de obligatorio- observar medidas básicas de seguridad como son abstenerse de abandonar o cambiar de puesto una vez iniciada la cacería y llevar una gorra o sombrero reflectante de color naranja o bien una señal en lugar visible de seis centímetros de ancho con las mismas características.

 

Una de las infracciones más habituales es la de doblar puesto en algunas modalidades de caza mayor lo que supone transgredir una medida precautoria de seguridad básica y de obligado cumplimiento que pretende proteger tanto a las especies cinegéticas como a los propios cazadores; de la misma manera, no se permite desdoblar puestos.

 

En cuanto a la documentación de las rehalas, éstas deberán contar con el documento de alta en el registro de núcleos zoológicos, el alta en el registro ganadero (REGA) y cada perro debe ir acompañado de cartilla identificativa asociada a su número de chip.

 

En caso de practicar la caza en la modalidad de rececho y/o aguardo, los trofeos de caza mayor (excepto el jabalí) no podrán ser sacados del terreno cinegético sin llevar correctamente cumplimentado y ajustado el precinto justificativo. Es imprescindible que el cazador cuente con al menos un precinto sin utilizar a su alcance.

 

Respecto a las zonas de seguridad es muy importante respetar las vías y caminos de uso público, recuerden que en estas zonas y en una faja de cincuenta metros a ambos lados está prohibido el uso de armas de caza. Además está prohibido disparar hacia todas las zonas de seguridad si se realiza de tal forma que el proyectil pueda alcanzarlas. Así mismo cuando los cazadores se encuentren a menos de cincuenta metros de personas ajenas a la cacería deberán descargar sus armas. Esta medida de seguridad es esencial para que la convivencia entre todos los ciudadanos y el disfrute de la naturaleza por parte de todos sea posible.