La Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales tiene como fin trabajar por la defensa de los intereses profesionales de sus integrantes, y por el fomento, desarrollo y difusión de su actividad profesional. Para el cumplimiento del fin señalado, esta Asociación realizará todas aquellas actividades que considere oportunas en el marco de la legislación vigente.
Una de las cuestiones más básicas de las que se debe dotar cualquier organización es el establecimiento de Proyectos y disposiciones que permitan la consecución de los fines mencionados anteriormente. Obligarán y responsabilizarán a los cargos representativos, permitirán el control de sus actividades y serán la base de la opinión de los representados.
La Asamblea General de AEAFMA es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y sus debates y posteriores decisiones, tras votación, deben conformar los puntos básicos de actuación de la Asociación.
AEAFMA ha adoptado como prioritarios y esenciales los siguientes puntos:
1).- Conseguir una normativa estatal básica quehomogeneicelas atribuciones y funciones de los Agentes Forestales y Medioambientales, su imagen corporativa (uniformes, vehículos, acreditaciones…), su formación y que establezca una única denominación corporativa, que será la de Policía Medioambiental según lo adoptado en la Asamblea General.
2).- Que se refleje en el futuro Código Procesal Penal (en elaboración actualmente), la figura de los Agentes Forestales y Medioambientales en el ejercicio de funciones de Policía Judicial así como la creación de Unidades Orgánicas adscritas a las Fiscalías de Medio Ambiente y Urbanismo.
3).- La inclusión de los Agentes en la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su condición de policía especializada en medio ambiente.
4).- Impulsar la creación de unidades especializadas en la investigación de ilícitos penales referidos a medio ambiente (BIIF, unidades de veneno, ordenación del territorio, furtivismo, maltrato animal, protección del patrimonio cultural…).
5).- La integración efectiva de los Cuerpos de Agentes Forestales / Medioambientales en las salas de emergencia del 112 para su activación automática en las emergencias que ocurran en el medio natural, incluidos rescates, integrándose en los protocolos de actuación de los servicios de emergencias y en sus planes de formación.
6).- Regulación de los Cuerpos de Agentes en estructuras que permitan la carrera profesional vertical, además de la horizontal que regula el Estatuto Básico del Empleado Público.
7).- Conseguir óptimas condiciones laborales en los centros de trabajo (vestuarios, taquillas, duchas, aseos…), acordes con la normativa vigente en prevención de riesgos laborales. Fomentar el trabajo en parejas (binomio de agentes), por seguridad e imagen.
8).- Identificación clara de los vehículos oficiales asignados a los Agentes, con el mismo tipo de rotulación y dotados de dispositivos sonoros y luminosos tipo V1 del color que corresponda a los vehículos de policía.
9).- Posibilidad de obtener la Licencia de armas tipo A, al igual que el resto de colectivos funcionariales que prestan servicios de policía. Estas se portarán de forma voluntaria y en aquellos servicios que debido a su peligrosidad así lo requieran (servicios nocturnos, patrullas anti-furtivismo…).
10).- Instar a las diferentes Administraciones a llevar a cabo un aumento de la plantilla de Agentes Forestales y Medioambientales mediante convocatorias de oferta de empleo público así como impulsar la dotación de medios materiales suficientes para ejercer su actividad laboral (helicópteros para vigilancia, embarcaciones, vehículos, equipos de investigación…).